El Departamento de Fiscalía del CCDCR informa:
Los blanqueamientos dentales que actualmente algunas farmacias están distribuyendo a lo largo del país han sido registrados ante el Ministerio de Salud como cosméticos.
El Ministerio de Salud, basado en el reglamento técnico centroamericano (Publica Resolución Nº 231-2008 (COMIECO-L): Aprobación de Reglamentos Técnicos Centroamericanos Nº RTCA 71.03.49:08, RTCA 71.01.35:06, RTCA 71.03.36:07, RTCA 71.03.45:07 sobre Productos Cosméticos), define cosmético como: “ Toda sustancia o preparado destinado a ser puesto en contacto con las diversas partes superficiales del cuerpo humano o con los dientes y las mucosas bucales, con el fin exclusivo o principal de limpiarlos, perfumarlos, modificar su aspecto y/o corregir los olores corporales y/o protegerlos o mantenerlos en buen estado”. Por tanto, en el caso de los blanqueamientos previamente referidos, su efectividad podría ser clínicamente no apreciable o nula (sin efecto).
Alertamos a la población que los blanqueamientos dentales siempre deben realizarse bajo la supervisión de un profesional en Odontología, quien realiza un diagnóstico previo para determinar que no se ponen en peligro los dientes, las encías y los tejidos blandos y así lograr un resultado óptimo en todos los aspectos. El uso de lámpara de activación sin la adecuada supervisión del profesional en odontología podría causar inflamación severa en el tejido interno del diente conocido como “nervio”.
Por lo anterior, hemos solicitado una reunión con la Directora de Regulación de Productos de Interés Sanitario del Ministerio de Salud, para conocer los criterios de clasificación para productos cosméticos y materiales biomédicos y ponernos a su disposición, como ente técnico, para colaborar en todo lo pertinente.